Protección a los Consumidores
Derechos y Deberes

 

 

 

La ley de Protección a los Derechos del Consumidor establece en su artículo 3° los derechos y deberes básicos de éstos.

El Artículo 3° dispones que son derechos y deberes básicos del consumidor:

a)   Libre elección del bien o servicio.

b)  El derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos, y el deber de informarse responsablemente de ellos.  Este derecho tiene por finalidad asegurar al consumidor, al momento de adquirir un bien o servicio, la información necesaria para tomar su decisión.  Se refleja en las normas que obligan a los proveedores a la rotulación de los productos, exhibición de los precios y condiciones de venta, prohibición de publicidad engañosa, etc. 

c)  El no ser discriminado arbitrariamente por parte de proveedores de bienes y servicios.  Los consumidores tienen derecho a igualdad de trato, sin exclusiones basadas en la edad, sexo, condición social, raza, religión, etc. 

d)  La seguridad en el consumo de bienes o servicios, la protección de la salud y el medioambiente y el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles.

e)  La reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta ley, y el deber de accionar de acuerdo a los medios que la ley le franquea.   En caso de infracciones a la ley que produzcan daños patrimoniales o no patrimoniales, el consumidor afectado podrá recurrir al SERNAC o a los tribunales para obtener una indemnización.

f)    La educación para un consumo responsable, y el deber de celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido.

La ley establece, además, que los derechos establecidos en ella son irrenunciables anticipadamente por los consumidores.  Se admite sólo la renuncia posterior.